Violencia política contra las mujeres en razón de género
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Este protocolo es una valiosa herramienta para partidos políticos, organizaciones sociales, grupos de mujeres y para las personas defensoras institucionales y no institucionales de los derechos humanos.
ÍNDICE DE LA PUBLICACIÓN
- Directorio
- Definiciones, manifestaciones y derechos
- Manifestaciones de la violencia política
- ¿Qué derechos tienen las víctimas?
- Flujos de apoyo y atención a delitos
- Violencia Política contra las mujeres en el ámbito estatal
- Instituciones de atención, canalización y solución de instituciones de apoyo a victimas
- Contactos institucionales
- Directorio de los centros de justicia
PRESENTACIÓN
Las elecciones presentan una oportunidad para poner a prueba una democracia. Que las mujeres pueden inscribirse para votar, presentar su candidatura y emitir un voto en secreto son indicadores de una democracia inclusiva. En cuantas más mujeres participen como votantes, candidatas, dirigentes de partidos políticos y personal electoral, más aceptación ganará su presencia en la política.
Hoy en día la violencia continúa siendo uno de los principales obstáculos para el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. El aumento de su participación y representación política ha estado acompañado por un incremento de la violencia en su contra.
En México, la Ley General en Materia de Delitos Electorales no tipifica la violencia política de género por lo que no ha sido tarea fácil para las autoridades electorales perseguirla y sancionarla.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE), la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (Subsecretaría DDHH), la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM), elaboraron el Protocolo para la atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género con el compromiso decidido por garantizar el libre ejercicio de los derechos político-electorales
como parte integral de la protección de los derechos humanos de las mujeres.
El Protocolo es una valiosa herramienta para partidos políticos, organizaciones sociales, grupos de mujeres y para las personas defensoras -institucionales y no institucionales- de los derechos humanos. Tengo confianza en que fomentará la participación ciudadana, la cultura de la denuncia y mejores condiciones de justicia para las mujeres. Sin duda, el Protocolo ha sido punto de partida en la construcción de referentes sólidos para contar con mayor información cualitativa y cuantitativa sobre la violencia política de género y a partir de él, instituciones y organizaciones han comenzado a trazar rutas, señalar responsables y a acompañar los procesos de protección y denuncia.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos se une al esfuerzo de garantizar, proteger y promover los derechos políticos de las mujeres y su derecho a una vida libre de violencia, para lo cual presenta este cuadernillo de herramientas con una versión resumida e interactiva del Protocolo, de los procedimientos, y de algunos documentos que facilitan la comprensión y enuncian el rumbo de la actuación de las personas e instancias ante la Violencia contra las mujeres en las elecciones.
Lic. Luis Raúl González Pérez
Presidente de la CNDH
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